{"id":5816,"date":"2021-07-16T15:16:01","date_gmt":"2021-07-16T15:16:01","guid":{"rendered":"http:\/\/www.betigazte.net\/?p=5816"},"modified":"2021-07-16T15:16:01","modified_gmt":"2021-07-16T15:16:01","slug":"el-28-de-julio-asamblea-general-extraordinaria","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.betigazte.net\/?p=5816","title":{"rendered":"EL 28 DE JULIO ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA"},"content":{"rendered":"\n<p>A continuaci\u00f3n pod\u00e9is leer detenidamente la propuesta de adecuaci\u00f3n de Estatutos de la sociedad que se votar\u00e1 en la asamblea. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><strong><u>ESTATUTOS DE SOCIEDAD DEPORTIVA, RECREATIVA Y CULTURAL BETI-GAZTE<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>CAP\u00cdTULO I: DISPOSICIONES GENERALES<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 1.&nbsp;Modificaci\u00f3n.<\/h3>\n\n\n\n<p>Los presentes Estatutos de la ASOCIACI\u00d3N Sociedad Deportiva, Recreativa y Cultural Beti-Gazte Kirol, Jolas eta Kultur Elkartea, n\u00ba 917 de Registro, e inscrita con fecha 10 de setiembre de 1982, han sido modificados de conformidad con lo establecido en la Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociaci\u00f3n y dem\u00e1s disposiciones de desarrollo. La Sociedad es continuaci\u00f3n de la fundada el 9 de agosto de 1940.<\/p>\n\n\n\n<p>La Asociaci\u00f3n tiene personalidad jur\u00eddica y plena capacidad de obrar, careciendo de \u00e1nimo de lucro y sometiendo su actuaci\u00f3n a criterios democr\u00e1ticos, con el alcance establecido en la citada Ley Org\u00e1nica.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 2. Fines y Actividades.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Ser\u00e1n fines de la Asociaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Fomentar el deporte en sus distintas modalidades.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Promocionar actividades culturales.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Ense\u00f1ar diversas modalidades de danza.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Colaborar con otras entidades en la promoci\u00f3n cultural.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Promover actividades relacionadas con la defensa del medio ambiente.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Para el cumplimiento de estos fines se realizar\u00e1n las siguientes actividades:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Organizaci\u00f3n y participaci\u00f3n en actividades deportivas.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Organizaci\u00f3n y participaci\u00f3n en actividades culturales.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Actividades relacionadas con el medio ambiente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 3. Domicilio y \u00e1mbito territorial.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. El domicilio social se fija en Lesaka, Beheko Plaza, 9, 1\u00ba, CP 31770, sin perjuicio de ser trasladado a cualquier lugar dentro de su \u00e1mbito territorial, traslado que ser\u00e1 notificado al Registro de Asociaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>2. El \u00e1mbito territorial en el que va a realizar principalmente sus actividades es el t\u00e9rmino municipal de Lesaka, y las provincias de Navarra y Gipuzkoa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 4. Duraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Asociaci\u00f3n se crea con duraci\u00f3n indefinida, salvo su disoluci\u00f3n conforme a los presentes Estatutos y a las leyes de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>CAP\u00cdTULO II: LAS PERSONAS ASOCIADAS<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 5. Las socias y los socios.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Podr\u00e1n formar parte de la Asociaci\u00f3n todas las personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas que libre y voluntariamente tengan inter\u00e9s en el desarrollo de los fines de la Asociaci\u00f3n. La condici\u00f3n de socia o socio es intransmisible.<\/p>\n\n\n\n<p>2. En concreto podr\u00e1n ser asociadas:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Las personas f\u00edsicas con capacidad de obrar que no est\u00e1n sujetas a ninguna limitaci\u00f3n legal para el ejercicio del derecho.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Las personas menores no emancipadas de m\u00e1s de catorce a\u00f1os de edad deben contar con el consentimiento documentalmente acreditado de sus padres, madres, tutores o quienes deban suplir su capacidad.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Las personas jur\u00eddicas, previo acuerdo expreso de su \u00f3rgano competente.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Las personas que pretendan ingresar en la Asociaci\u00f3n deber\u00e1n presentar una solicitud por escrito a la Junta Directiva y \u00e9sta resolver\u00e1 en la primera reuni\u00f3n que celebre.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 6. Clases de socias y socios.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Dentro de la Asociaci\u00f3n existir\u00e1n las siguientes clases de socios:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Fundadoras, que ser\u00e1n aquellas personas que participen en el acto de constituci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b) De n\u00famero, que ser\u00e1n quienes ingresen despu\u00e9s de la constituci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 7. Derechos de las personas asociadas fundadoras y de n\u00famero.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tendr\u00e1n los siguientes derechos:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Participar en todas las actividades que promueva la Asociaci\u00f3n y disfrutar de los locales sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Recibir las convocatorias de las Asambleas Generales y participar en las mismas con voz y voto, pudiendo conferir a tal efecto, su representaci\u00f3n a otras y otros miembros.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Participar en los \u00f3rganos de direcci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n, siendo electora o elector y elegible para los mismos.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Disponer de un ejemplar de estos Estatutos y, en su caso, del Reglamento de R\u00e9gimen Interior.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Recibir informaci\u00f3n sobre los acuerdos adoptados por los \u00f3rganos directivos de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Acceder a los Libros de Actas y de Cuentas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>g) Recibir informaci\u00f3n acerca de la composici\u00f3n de los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.<\/p>\n\n\n\n<p>h) Recurrir los acuerdos de la Junta Directiva ante la Asamblea General, y los de \u00e9sta ante los \u00f3rganos judiciales que legalmente correspondan.<\/p>\n\n\n\n<p>i) A presentar solicitudes, propuestas y quejas ante los \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>j) A que se le oiga con car\u00e1cter previo a la adopci\u00f3n de medidas disciplinarias contra su persona y a que se le informe de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso imponga la sanci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>k) Cualquier otro derecho que est\u00e9 reconocido en la normativa aplicable.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 8. Deberes de las personas asociadas fundadoras y de n\u00famero.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las socias y los socios fundadores y de n\u00famero tendr\u00e1n los siguientes deberes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Compartir las finalidades de la Asociaci\u00f3n y colaborar en la consecuci\u00f3n de las mismas.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Contribuir econ\u00f3micamente con el pago de las cuotas y aportaciones econ\u00f3micas establecidas.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por los \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Respetar a los \u00f3rganos y dem\u00e1s miembros de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Desempe\u00f1ar los cargos para los que se les ha elegido y cumplir las obligaciones propias de los mismos.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Cumplir el resto de las obligaciones que resulten de los Estatutos y cualquier otro deber que est\u00e9 establecido en la normativa aplicable.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 9. P\u00e9rdida de la cualidad de socia o socio.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se perder\u00e1 la cualidad de socia o socio por:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Por acuerdo de la Junta Directiva basado en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en los presentes Estatutos, o de las normas de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 10. Procedimiento disciplinario.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Las socias y los socios podr\u00e1n ser sancionadas por incumplimiento de las obligaciones establecidas en estos Estatutos o en las normas aplicables, en los t\u00e9rminos que se prevean en el Reglamento de R\u00e9gimen Interior.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>2. En todo caso, las sanciones por incumplimiento ser\u00e1n impuestas por acuerdo de la Junta Directiva, previa audiencia de la persona interesada. Este acuerdo podr\u00e1 ser recurrido por la misma ante la primera Asamblea General que se celebre.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>3. Si la sanci\u00f3n implica la expulsi\u00f3n, deber\u00e1 ser ratificada por la primera Asamblea General que se celebre.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>CAP\u00cdTULO III. \u00d3RGANOS DE GOBIERNO Y REPRESENTACI\u00d3N DE LA ASOCIACI\u00d3N<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 11. \u00d3rganos de la Asociaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El gobierno y la administraci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n estar\u00e1n a cargo de los siguientes \u00f3rganos:<\/p>\n\n\n\n<p>a) La Asamblea General de socias y socios, como \u00f3rgano supremo.<\/p>\n\n\n\n<p>b) La Junta Directiva, como \u00f3rgano de direcci\u00f3n permanente.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 12. La Asamblea General.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Asamblea General, integrada por todas las socias y los socios, es el \u00f3rgano de expresi\u00f3n de su voluntad y adopta sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 13. Tipos de Asambleas.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. En la primera reuni\u00f3n de la Asamblea General se elegir\u00e1 al\/a la Presidente\/a y Secretario\/a y al resto de miembros de la Junta Directiva.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El\/La Presidente\/a y el\/la Secretario\/a de la Junta Directiva ser\u00e1n a su vez Presidente\/a y Secretario\/a de la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Las reuniones de la Asamblea General ser\u00e1n ordinarias y extraordinarias.<\/p>\n\n\n\n<p>a) La Asamblea General Ordinaria se celebrar\u00e1, al menos, una vez al a\u00f1o dentro de los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio, para examinar y aprobar los presupuestos y las cuentas.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Las Asambleas Generales Extraordinarias se celebrar\u00e1n cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del\/de la Presidente\/a, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una d\u00e9cima parte de las personas asociadas.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 14. Convocatorias y qu\u00f3rum.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizar\u00e1n por escrito expresando el lugar, d\u00eda y hora de la reuni\u00f3n as\u00ed como el orden del d\u00eda con expresi\u00f3n concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el d\u00eda se\u00f1alado para la celebraci\u00f3n de la Asamblea en primera convocatoria habr\u00e1n de mediar al menos quince d\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>2. La Asamblea General quedar\u00e1 constituida v\u00e1lidamente en primera convocatoria con la asistencia de Presidente\/a y Secretario\/a o de las personas que les sustituyan adem\u00e1s de&nbsp;&nbsp;un tercio de las personas asociadas presentes o representadas con derecho a voto, y en segunda convocatoria, que se celebrar\u00e1 media hora despu\u00e9s de la primera, cualquiera que sea el n\u00famero de las mismas con derecho a voto.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 15. Celebraci\u00f3n de reuniones y adopci\u00f3n de acuerdos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Al comienzo de cada reuni\u00f3n se proceder\u00e1 a la lectura del acta anterior para proceder a su aprobaci\u00f3n o reprobaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Las reuniones se dirigir\u00e1n por el\/la Presidente\/a y todos los asuntos se debatir\u00e1n y votar\u00e1n conforme figuren en el orden del d\u00eda, y no podr\u00e1 adoptarse ning\u00fan acuerdo sobre asuntos que no consten en el mismo, salvo por unanimidad de todas las socias y los socios que integran la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Los acuerdos se adoptar\u00e1n por mayor\u00eda simple de las personas presentes o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco, ni las abstenciones.<\/p>\n\n\n\n<p>4. No obstante, requerir\u00e1n mayor\u00eda cualificada de las personas presentes o representadas, que resultar\u00e1 cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>a) Disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Modificaci\u00f3n de los Estatutos.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Disposici\u00f3n o enajenaci\u00f3n de bienes.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Remuneraci\u00f3n de quienes forman parte de la Junta Directiva, que deber\u00e1 constar en las Cuentas Anuales de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 16. Facultades de la Asamblea General.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Son facultades de la Asamblea General las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Aprobar, en su caso, la gesti\u00f3n de la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Examinar y aprobar o rechazar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, as\u00ed como la Memoria Anual de actividades.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Establecer las l\u00edneas generales de actuaci\u00f3n que permitan a la Asociaci\u00f3n cumplir sus fines.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Disponer todas las medidas encaminadas a garantizar el funcionamiento democr\u00e1tico de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias, y en su caso las aportaciones econ\u00f3micas.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Elegir y destituir a las y los miembros de la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>g) Ratificar la admisi\u00f3n y expulsi\u00f3n de las socias y los socios, acordada por la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>h) Constituci\u00f3n de Federaciones e integraci\u00f3n en ellas.<\/p>\n\n\n\n<p>i) Solicitud de Declaraci\u00f3n de Utilidad P\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>j) Disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>k) Modificaci\u00f3n de Estatutos.<\/p>\n\n\n\n<p>l) Disposici\u00f3n y enajenaci\u00f3n de bienes.<\/p>\n\n\n\n<p>m) Acordar la remuneraci\u00f3n de las personas que forman parte de la Junta Directiva, que deber\u00e1 figurar en las cuentas anuales aprobadas en Asamblea.<\/p>\n\n\n\n<p>n) Designar en su caso la Comisi\u00f3n Liquidadora.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00f1) Resolver los recursos interpuestos contra la imposici\u00f3n de sanciones acordada por la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>o) Aprobar en su caso el Reglamento de R\u00e9gimen Interior.<\/p>\n\n\n\n<p>p) Cualquier otra facultad que venga establecida por la normativa aplicable.<\/p>\n\n\n\n<p>2. No obstante, tanto la modificaci\u00f3n de los Estatutos, salvo el cambio de domicilio, como la disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n, deber\u00e1n acordarse en Asamblea General espec\u00edficamente convocada con tal objeto.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 17. Composici\u00f3n y Elecci\u00f3n de la Junta Directiva.<\/h3>\n\n\n\n<p>1. La Junta Directiva es el \u00f3rgano que gestiona, administra y representa los intereses de la Asociaci\u00f3n, de acuerdo con las disposiciones de la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>2. En concreto la Junta Directiva se compone de:<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Presidente\/a.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Secretario\/a.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Vicepresidente\/a.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Tesorero\/a.<\/p>\n\n\n\n<p>&#8211; Entre 3 y 10 vocales<\/p>\n\n\n\n<p>3. La elecci\u00f3n de las personas que integran la Junta Directiva se har\u00e1 por la Asamblea General, por sufragio libre y secreto.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00danicamente podr\u00e1n optar a la candidatura las socias y los socios mayores de edad, que est\u00e9n en pleno uso de sus derechos civiles y no se hallen incursas en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislaci\u00f3n vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>4. Las personas que integran la Junta Directiva ejercer\u00e1n sus funciones de forma gratuita.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 18. Reglas y procedimientos para la sustituci\u00f3n de las y los miembros de la Junta Directiva.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. Las personas que integran la Junta Directiva ejercer\u00e1n su mandato durante un periodo de 2 a\u00f1os, pudiendo ser reelegidas al final del mismo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>2. Adem\u00e1s de por la expiraci\u00f3n de dicho mandato, el cese tendr\u00e1 lugar por las siguientes causas:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Por fallecimiento o dimisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Por p\u00e9rdida de la condici\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Por incompatibilidad sobrevenida.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Por incapacitaci\u00f3n judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Por inasistencia a las reuniones de forma reiterada o sin causa justificada.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Incumplimiento de las funciones inherentes al cargo que se desempe\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p>g) Cualquier causa debidamente motivada.<\/p>\n\n\n\n<p>Las causas de cese en el cargo contempladas en las letras e), f) y g) deber\u00e1n acordarse por la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Las vacantes que se produzcan en la Junta Directiva se cubrir\u00e1n en la primera Asamblea General que se celebre.<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, la Junta Directiva podr\u00e1 elegir, por mayor\u00eda absoluta de sus miembros, a una socia o a un socio para que ocupe el puesto vacante con car\u00e1cter provisional, hasta la reuni\u00f3n de la pr\u00f3xima Asamblea General<\/p>\n\n\n\n<p>4. En caso de ausencia o enfermedad, el\/la Presidente\/a ser\u00e1 sustituido\/a por el\/la Vicepresidente\/a si lo hubiera, y sino, por la persona de la Junta de de mayor edad, y el\/la Secretario\/a por la de menor edad.<\/p>\n\n\n\n<p>En iguales supuestos, quienes tuvieran asignadas funciones espec\u00edficas en la Junta Directiva, se sustituir\u00e1n por otra u otro adoptado por la misma por mayor\u00eda absoluta.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 19. Reuniones, constituci\u00f3n y acuerdos de la Junta Directiva.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. La Junta Directiva se reunir\u00e1 al menos una vez al trimestre, y cuantas veces sea preciso para la buena marcha de la Asociaci\u00f3n, por convocatoria realizada por el\/la Presidente\/a, a iniciativa propia o de 1\/3 de sus miembros, con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de 48 horas a su celebraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. No podr\u00e1 adoptarse acuerdo alguno que no figure en el orden del d\u00eda, salvo que, estando presentes la totalidad de las personas que integran la Junta Directiva, lo acuerden por unanimidad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>3. La Junta Directiva quedar\u00e1 v\u00e1lidamente constituida cuando asistan m\u00e1s de la mitad de las personas que la integran, incluidas en esa proporci\u00f3n el\/la Presidente\/a y Secretario\/a, o en su caso, de las personas que les sustituyan.<\/p>\n\n\n\n<p>4. Las personas que integran la Junta Directiva est\u00e1n obligadas a asistir a todas las reuniones que se convoquen salvo que, por causas justificadas, puedan excusar su asistencia.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>5. Para que los acuerdos de la Junta Directiva sean v\u00e1lidos deber\u00e1n ser tomados por mayor\u00eda de votos de quienes asistan. En caso de empate, el voto del\/de la Presidente\/a ser\u00e1 de calidad.<\/p>\n\n\n\n<p>6. Los acuerdos de la Junta Directiva se har\u00e1n constar en el libro de actas, que habr\u00e1 de firmarse por el\/la Presidente\/a y el\/la Secretario\/a. Al iniciarse cada reuni\u00f3n se leer\u00e1 el acta de la sesi\u00f3n anterior para que se apruebe o se rectifique seg\u00fan proceda. integrante de la Junta mediante acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 20. Funciones de la Junta Directiva.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Junta Directiva posee las facultades siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Ostentar y ejercitar la representaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n y llevar a t\u00e9rmino la direcci\u00f3n y la administraci\u00f3n de la manera m\u00e1s amplia que reconozca la ley y cumplir las decisiones tomadas por la Asamblea General, y de acuerdo con las normas, las instrucciones y las directrices generales que esta Asamblea General establezca.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Tomar los acuerdos necesarios para la comparecencia ante los organismos p\u00fablicos, para el ejercicio de toda clase de acciones legales y para interponer los recursos pertinentes.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Resolver sobre la admisi\u00f3n de nuevas personas asociadas, llevando la relaci\u00f3n actualizada de todas ellas.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Proponer a la Asamblea General el establecimiento de las cuotas y aportaciones econ\u00f3micas que tengan que satisfacer quienes formen parte de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Convocar las Asambleas Generales y controlar que los acuerdos que all\u00ed se adopten, se cumplan. En especial y en lo que se refiere a los acuerdos sobre modificaci\u00f3n de Estatutos, se notificar\u00e1 al Registro de Asociaciones el contenido de la modificaci\u00f3n en el plazo de un mes desde la fecha de celebraci\u00f3n de la Asamblea General convocada a tal efecto. f) Presentar el balance y el estado de cuentas de cada ejercicio a la Asamblea General para que los apruebe, y confeccionar los presupuestos del ejercicio siguiente.<\/p>\n\n\n\n<p>g) Llevar una contabilidad conforme a las normas espec\u00edficas que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situaci\u00f3n financiera de la entidad.<\/p>\n\n\n\n<p>h) Efectuar el inventario de los bienes de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>i) Elaborar la memoria anual de actividades y someterla a la aprobaci\u00f3n de la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>j) Resolver provisionalmente cualquier caso imprevisto en los Estatutos presentes y dar cuenta de ello en la primera Asamblea General subsiguiente.<\/p>\n\n\n\n<p>k) Atender las propuestas, quejas y solicitudes efectuadas por las socias y los socios.<\/p>\n\n\n\n<p>l) Nombrar personas apoderadas en caso de que se estime conveniente.<\/p>\n\n\n\n<p>m) Cualquier otra facultad que no est\u00e9 atribuida de una manera especifica en estos Estatutos a la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 21. Funciones del\/de la Presidente\/a.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Son funciones del\/de la Presidente\/a:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Ostentar la representaci\u00f3n legal, judicial o extrajudicial de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Convocar, fijar el orden del d\u00eda, moderar los debates y levantar las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Autorizar con su firma, conjuntamente con el\/la Tesorero\/a, las disposiciones de fondos de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Dar el visto bueno a las actas y certificaciones extendidas por el\/la Secretario\/a.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 22. Funciones del\/de la Vicepresidente\/a.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Son funciones del\/de la Vicepresidente\/a:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Ayudar al\/a la Presidente\/a.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Sustituir al\/a la Presidente\/a en caso de ausencia o enfermedad<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 23. Funciones del\/de la Secretario\/a.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Son funciones del\/de la Secretario\/a:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Actuar como tal, en las Asambleas Generales y en las reuniones de la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Asistir al\/a la Presidente\/a.<\/p>\n\n\n\n<p>c) La custodia y llevanza de los Libros Oficiales y del resto de la documentaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>d) La correspondencia y comunicaci\u00f3n con las socias y los socios, as\u00ed como con otras entidades.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Extender certificados de los acuerdos adoptados por los \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n, con el visto bueno del\/de la Presidente\/a.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Asumir las funciones de Tesorer\u00eda cuando este cargo no est\u00e9 previsto en la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 24. Funciones del\/de la Tesorero\/a.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Son funciones del\/de la Tesorero\/a:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Custodiar los fondos de la Asociaci\u00f3n y llevar el libro de cuentas.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Autorizar, junto con el\/la Presidente\/a, las disposiciones de fondos.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Preparar los balances, presupuestos y liquidaci\u00f3n de cuentas para su propuesta a la Junta Directiva y su posterior aprobaci\u00f3n por la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Realizar y mantener actualizado el Inventario de Bienes de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>CAP\u00cdTULO IV. R\u00c9GIMEN ECON\u00d3MICO<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 25. R\u00e9gimen econ\u00f3mico.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Asociaci\u00f3n se constituy\u00f3 con un patrimonio fundacional de 0 euros.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 26. Recursos econ\u00f3micos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para el logro de sus fines la Asociaci\u00f3n cuenta con los siguientes medios econ\u00f3micos:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Cuotas y aportaciones econ\u00f3micas de las socias y los socios.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Subvenciones y ayudas que reciba.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Donaciones, herencias y legados.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Rentas devengadas por su patrimonio.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Rendimiento de sus actividades econ\u00f3micas.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Cualquier otro ingreso l\u00edcito.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 27. Ejercicio Econ\u00f3mico.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La fecha de cierre del ejercicio econ\u00f3mico ser\u00e1 la siguiente 31 de diciembre.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>CAP\u00cdTULO V. LIBROS Y DOCUMENTACI\u00d3N<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 28. Documentaci\u00f3n Obligatoria.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. La Asociaci\u00f3n tendr\u00e1 las siguientes obligaciones documentales:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Dispondr\u00e1 de una relaci\u00f3n actualizada de sus socias y socios.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Llevar\u00e1 una contabilidad conforme a las normas espec\u00edficas que le sean aplicables, que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situaci\u00f3n financiera de la entidad, as\u00ed como de las actividades realizadas.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Efectuar\u00e1 un inventario de sus bienes.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Recoger\u00e1 en un libro las actas de las reuniones de sus \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Las actas de las reuniones de los \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n reflejar\u00e1n el extracto de las deliberaciones, el texto de los acuerdos que se hayan adoptado y el resultado num\u00e9rico de las votaciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 29. Acceso a la documentaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las socias y los socios podr\u00e1n acceder a toda la documentaci\u00f3n que se relaciona en el art\u00edculo anterior, a trav\u00e9s de la Junta Directiva, en los t\u00e9rminos previstos en la normativa vigente en materia de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>CAP\u00cdTULO VI. DISOLUCI\u00d3N Y LIQUIDACI\u00d3N<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 30. Disoluci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Asociaci\u00f3n se disolver\u00e1 en los siguientes supuestos:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Por la voluntad de las socias y los socios expresada en Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Por las causas contempladas en el art\u00edculo 39 del C\u00f3digo Civil.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Por sentencia judicial firme.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Por las causas que se prevean en los Estatutos.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Por cumplimiento del plazo para el que fue constituida la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>f) Por imposibilidad de cumplimiento de los fines sociales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Art\u00edculo 31. Liquidaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>1. La disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n abrir\u00e1 un periodo de liquidaci\u00f3n durante el cual la Junta Directiva se convertir\u00e1 en Comisi\u00f3n Liquidadora, salvo que la Asamblea General confiera esta funci\u00f3n a una Comisi\u00f3n Liquidadora especialmente designada a tal efecto.<\/p>\n\n\n\n<p>2. En todo caso la Comisi\u00f3n Liquidadora tendr\u00e1 las competencias establecidas en el art\u00edculo 18, p\u00e1rrafos 3 y 4, de la Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Una vez extinguidas las deudas, y si existiese remanente, \u00e9ste se destinar\u00e1 para fines que no desvirt\u00faen el car\u00e1cter no lucrativo de la entidad, en concreto a Residencia Andra Mari de Lesaka.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>DISPOSICI\u00d3N ADICIONAL<\/u><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Con car\u00e1cter subsidiario de los Estatutos y de los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por sus \u00f3rganos de gobierno y de representaci\u00f3n, en todo cuanto no est\u00e9 previsto en los presentes Estatutos se aplicar\u00e1 la vigente Ley Org\u00e1nica 1\/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociaci\u00f3n y dem\u00e1s disposiciones de desarrollo.<\/p>\n\n\n\n<p>Firmas:&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A continuaci\u00f3n pod\u00e9is leer detenidamente la propuesta de adecuaci\u00f3n de Estatutos de la sociedad que se votar\u00e1 en la asamblea. ESTATUTOS DE SOCIEDAD DEPORTIVA, RECREATIVA Y CULTURAL BETI-GAZTE CAP\u00cdTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Art\u00edculo 1.&nbsp;Modificaci\u00f3n. Los presentes Estatutos de la ASOCIACI\u00d3N&#8230; <a class=\"more-link\" href=\"http:\/\/www.betigazte.net\/?p=5816\">Seguir leyendo &rarr;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":5814,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"spay_email":"","footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_is_tweetstorm":false,"jetpack_publicize_feature_enabled":true},"categories":[2],"tags":[],"class_list":["post-5816","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria-es"],"jetpack_featured_media_url":"http:\/\/www.betigazte.net\/wp-content\/uploads\/2021\/07\/EPSON010.jpg","jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/p9WiWE-1vO","_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5816","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=5816"}],"version-history":[{"count":2,"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5816\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5818,"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5816\/revisions\/5818"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/5814"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=5816"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=5816"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.betigazte.net\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=5816"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}